Norma de calidad del trigo

El Consejo de Ministros ha acordado, a propuesta del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, establecer la norma de calidad del trigo, que será de aplicación en las operaciones comerciales en territorio español, excluyendo las que tengan como objeto la siembra. La nueva norma entrará en vigor el primero de julio de 2011.
El objeto de esta regulación es establecer una clasificación de los trigos para su comercialización normalizada dentro del territorio nacional, incrementando así el valor del producto en origen mediante la normalización y la homogeneización de la oferta, devolviendo al mercado un protagonismo activo en la comercialización cerealista, respondiendo a la demanda del propio sector y con el fin de que la clasificación sea el primer paso para lograr la adecuada trazabilidad del producto.
Esta norma contribuirá a impulsar la competitividad del sector primario y agroalimentario y a reforzar de forma particular los eslabones más débiles de la cadena, poniendo en valor el producto agrario en origen. Además, la utilización de semilla certificada y la mejora de las prácticas realizadas en la fase productiva redundarán positivamente en las industrias de derivados de cereales.
Por otra parte, la ordenación del mercado de trigos por grupos potenciará la orientación de los productores al mercado, en respuesta a los grupos de calidad demandados por los diferentes tipos de industria.
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