Órgano rector de las JAL (Juntas Agrarias Locales)
La junta directiva u órgano rector es el órgano colegiado de gobierno, dirección, gestión y administración ordinaria de la junta agraria local. Será elegida por la asamblea general o pleno de entre sus miembros, estará compuesta por las personas que ocupen la presidencia, la vicepresidencia, la secretaría-tesorería y por dos o cuatro vocales en función de que el censo de electores del municipio o entidad local menor en el último procedimiento de evaluación de la representatividad reconocida a las organizaciones profesionales agrarias se sitúe, respectivamente, entre diez o treinta electores o sea superior a esta última cifra. Sólo podrán formar parte de la junta directiva u órgano rector los miembros de la asociación.
Proclamadas las candidaturas a junta directiva u órgano rector por quien ostente la presidencia de la asociación, la elección será directa, secreta y nominal, pudiendo cada elector votar como máximo a un número de candidatos igual o inferior al número de miembros que compondrán la junta directiva u órgano rector. Serán elegidos miembros de la junta directiva u órgano rector los candidatos que hubieran obtenido un mayor número de votos. En caso de empate en la elección de vocales, se procederá a una nueva votación y en caso de nuevo empate, será elegido el de menor edad. Los dos candidatos siguientes en el orden de apoyo electoral a los vocales elegidos, serán proclamados vocales suplentes (art. 8 del Decreto 25/2016, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Ordenación de los Recursos Agropecuarios y otras materias de interés Colectivo Agrario en el Ámbito Local).
Cómo hacer la renovación del órgano rector de una JAL
El Art. 9 del Reglamento General de Ordenación… dice que CADA 4 AÑOS ha de ser renovado el Órgano Rector de la Junta Agraria Local (renovar no implica necesariamente cambiar).
Una vez decidida la fecha de la renovación, el Presidente de la Junta Agraria Local procederá a exponer en los sitios de costumbre, con 7 días de antelación mínima, una CONVOCATORIA PUBLICA a todos los socios para la realización de dicha reunión extraordinaria. En la convocatoria habrá de figurar la hora de la primera convocatoria y, media hora después, la hora de la segunda convocatoria. Además, habrá de contener el orden del día de la sesión.
Conviene contactar previamente con la Cámara Agraria Provincial a fin de que proporcione todos los impresos necesarios para dicha renovación.
En la reunión habrá de cumplimentar los siguientes documentos:
a) ACTA GENERAL.- En ella se anotarán las decisiones sobre los demás puntos del orden del día distintos a la “Renovación del Órgano Rector”, tales como altas o bajas de socios, cuentas, pastos, etc.
b) Una vez finalizada el acta general, se procederá a la renovación del Órgano Rector.
Lo primero a hacer es tomar nota de los socios asistentes, bien presencialmente o por delegación (Modelo de DELEGACIÓN DE VOTO), a fin de comprobar la existencia de quorum para la reunión.
Se procederá a decir quiénes son los candidatos (si los hay) que se presentan a los cargos y, una vez anotados, se procedería a la votación personal y secreta por parte de los socios asistentes, (puede usarse este MODELO DE VOTACIÓN) tomándose nota de los votos obtenidos. Seguidamente se redactaría el ACTA DE RENOVACIÓN DEL ÓRGANO RECTOR.- En ella figurará los candidatos (si los hubiera), los votos obtenidos por cada uno de ellos y finalmente la relación (de mayor a menor número de votos) de los nuevos socios elegidos, de tal forma que el de más votos será el Presidente de la Junta Agraria Local y los otros 2, 4 o 6 siguientes formarán, junto con el Presidente, el nuevo Órgano Rector. Se adjuntará a dicha acta la RELACIÓN DE SOCIOS en la que consten los socios de la Junta Agraria Local poniendo una X a los que han asistido físicamente o han delegado el voto en otro socio.
c) También se ha de rellenar el ACTA DE NUEVOS CARGOS Y COMISIÓN MIXTA. Aquí ha de figurar quien será el Presidente, el Vicepresidente y el Secretario-Tesorero de la Junta. También constarán los 2 representantes agrícolas y los 2 representantes ganaderos que constituirán, junto con el presidente, la nueva Comisión Mixta de Pastos.
d) Conocidos los nuevos miembros del Órgano rector, se cumplimentará el CERTIFICADO de los nuevos componentes del Órgano Rector y los cargos que cada uno ostentará.
e) Para terminar, se cumplimentarán la SOLICITUD DE ENVÍO de la documentación a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, como la SOLICITUD DE ENVÍO a la Cámara Agraria Provincial.
NOTA.- Si han pasado más de 4 años desde la ultima renovación, ha de acompañarse además una CERTIFICACIÓN del Secretario en la que conste que entre ambas renovaciones no se han producido ninguna otra renovación.
Los documentos descritos en los apartados b), c), d) y e) han de enviarse POR DUPLICADO a la Cámara Agraria Provincial para que ésta envíe dichos documentos a Asociaciones y a la Consejería de Agricultura.
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